¿Se puede cerrar con llave la Puerta de la Comunidad de Vecinos?

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¿Se puede cerrar con llave la Puerta de la Comunidad de Vecinos?

Cuando una comunidad de vecinos sufre robos en el edificio o en inmuebles cercanos, es habitual que algunos vecinos se pregunten si es posible cerrar con llave la puerta de la comunidad, especialmente durante la noche, con el fin de evitar el acceso de ladrones.

En principio, cerrar con llave la puerta principal del edificio está permitido, siempre y cuando se pueda salir sin necesidad de hacer uso de la llave.

1. Seguridad y Accesibilidad

La puerta de acceso a la comunidad debe garantizar tanto la seguridad de los residentes como evacuación en situaciones de emergencia.

Algunas normativas a considerar son:

Evacuación en caso de emergencia

Las normativas de seguridad contra incendios y evacuación establecen que la puerta debe poder abrirse rápidamente desde el interior sin necesidad de una llave o mecanismos de bloqueo que retrasen la salida. Para ello:

  • La puerta debe contar con un sistema de apertura mediante pomo o maneta desde el interior, o pulsador eléctrico ( con respaldo de alimentación por un S.A.I ( suministro de alimentación ininterrumpida)
  • No se debe bloquear el paso con cerraduras que impidan la salida en situaciones de emergencia.

Cerraduras de fácil apertura

En algunos casos, la puerta puede cerrarse con llave, pero es imprescindible que sea posible abrirla sin complicaciones desde dentro. Esto solo es posible cuando hay un bombillo con pomo interior, de manera que aunque se cierre con vuelta de llave, podamos abrir desde el interior girando el pomo del bombillo para desbloquear el pestillo de la cerradura. O bien con cerraduras que solo cierren de golpe con el picaporte y que no tienen posibilidad de cerrar con vuelta de llave. También puede instalarse cerraduras electromecánicas o motorizadas que cierran automáticamente con vuelta de llave, pero nos permite abrir la puerta desde el interior solo con accionar la maneta, pomo o pulsador eléctrico.

  • No está permitido que un vecino cierre la puerta con su llave si esto impide su apertura sin llave desde dentro.

Accesibilidad para personas con movilidad reducida

La puerta debe ser accesible para todos los residentes, incluyendo aquellos con movilidad reducida. Esto implica:

  • Cerraduras de fácil manipulación.
  • Evitar barreras de acceso para personas con discapacidad.
  • Uso de operadores batientes con mando a distancia para garantizar el acceso y evacuación.

2. Autorización de la Junta de Propietarios

Si se plantea cerrar con llave la puerta de la comunidad por seguridad, es necesario que se comunique en la Junta de Propietarios para su aprobación y se estudien las mejores opciones de seguridad sin comprometer la normativa de accesibilidad y evacuación.

Para mejorar la seguridad, es recomendable contactar con una cerrajería especializada que pueda asesorar sobre la instalación de cerraduras automáticas o sistemas de control de acceso seguros y eficientes.

3. Sistemas de Control de Acceso

Algunas comunidades optan por instalar sistemas de control de acceso que restringen la entrada a personas no autorizadas. Estos pueden incluir:

  • Tarjetas magnéticas.
  • Llaveros electrónicos.
  • Códigos de acceso.
  • Cerraduras electromecánicas o motorizadas.

No obstante, cualquier sistema de acceso debe garantizar una salida rápida y sencilla en caso de emergencia.

4. Responsabilidad Legal

El presidente de la comunidad tiene la responsabilidad de garantizar que las medidas de seguridad adoptadas cumplan con las normativas vigentes y permitan la evacuación en situaciones de emergencia.

5. Regulaciones Locales y Normativas de Protección Civil

Dependiendo de la localidad y las normativas de protección civil, pueden existir restricciones adicionales sobre el cierre de puertas en edificios residenciales. En algunos casos:

  • Se exige que las puertas del portal permanezcan abiertas durante determinadas horas del día.
  • Si están cerradas con llave, deben garantizar una apertura rápida en caso de emergencia.

Conclusión

Sí, se puede cerrar con llave la puerta de la comunidad, pero con algunas condiciones clave:

  1. Facilidad de apertura en emergencias: La puerta debe poder abrirse sin llave desde el interior en caso de evacuación.
  2. Aprobación de la Junta de Propietarios: Cualquier modificación de cerraduras o sistemas de acceso debe ser aprobada previamente.
  3. Accesibilidad: La puerta debe ser fácil de usar por todas las personas, incluyendo aquellas con movilidad reducida.
  4. Cumplimiento normativo: Debe cumplir con las regulaciones de seguridad y protección civil.

La seguridad de la comunidad empieza en la puerta de acceso, pero también es crucial reforzar la seguridad en cada vivienda. Las cerraduras obsoletas pueden ser vulnerables a robos silenciosos y rápidos, por lo que es recomendable revisar periódicamente el estado de las cerraduras y puertas para garantizar la protección de todos los residentes.

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